top of page
Foto del escritorCarlos Góngora

Cancelación del RFC por defución.

El fallecimiento de un contribuyente no implica que sus obligaciones fiscales terminaron. 

A pesar de que se termina la vida activa de un contribuyente con la muerte y se avisa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para eliminar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), sus obligaciones fiscales ahí no terminan.

No dar de baja al ser querido ante el SAT que ya descansa en paz puede traer muchos problemas a los que nos quedamos al gozo. En lo que va del presente sexenio, el SAT tiene casi 3 mil avisos por defunción, de un universo de 70.5 millones de contribuyentes activos que están “vivitos y coleando”.

Datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito público (SHCP) indican que de diciembre de 2012 a octubre de 2018, se habían registrado 282 mil 433 avisos por defunción en el padrón del RFC. 

Tan sólo en 2014 se cancelaron 4 mil 755 RFC de contribuyentes que pasaron a mejor vida.

El universo de contribuyentes activos registrados ante el fisco es de 70 millones 540 mil 892 causantes, de acuerdo con el Informe de las Finanzas y la Deuda Pública al tercer trimestre de 2018. De esa cifra, 2 millones 31 mil 962 son personas morales o empresas. Hay 68 millones 508 mil 930 que son personas físicas, de los cuales, 8 millones 667 mil 360 tienen actividad empresarial y 59 millones 841 mil 570 sin actividad empresarial.


Abordado de lo anterior se infiere que el aviso de cancelación al RFC por defunción será el último que se presente a nombre del contribuyente, la gestión será realizada por un familiar, tercero interesado o por la propia autoridad.







8 visualizaciones0 comentarios
bottom of page